Proyecto de Reforma Tributaria: beneficio por pago anticipado como extraordinaria oportunidad de inversión
05/03/2024
Por Luis Sánchez / Contador Público Nacional Mat. 4.207
El Poder Ejecutivo de Entre Ríos incluyó en su proyecto de reforma impositiva la facultad de poder ofrecer descuentos por pago anual anticipado de los impuestos Inmobiliario y Automotor de hasta el 50%. Además, propuso que los anticipos posteriores al primero puedan ser ajustados por índices de precios. Al respecto, haré las siguientes consideraciones.
Si se imagina una persona con la disponibilidad de fondos para abonar el anticipo único, la opción por el mismo equivale a ajustar el capital por alguno de los índices, y gozar de una tasa de rendimiento de cerca del 80% en un plazo aproximado de ocho meses.
Si la misma persona optara por pagar por anticipos, debería ser un inversionista excepcional -o bien, tener una suerte extraordinaria- para poder invertir el remanente de manera que al vencimiento de cada uno de los anticipos, el producto de las inversiones sea suficiente para hacer frente a los mismos.
Esta característica le imprime al beneficio un carácter regresivo, ya que sólo estaría disponible en principio para los contribuyentes con liquidez.
Sólo si el Estado tuviera pasivos por cuya cancelación inmediata pudiera obtener descuentos semejantes, se justificaría tal beneficio, lo que no parece ser el caso.
Quizás, la intención del Poder Ejecutivo sea incentivar a los privados a que se endeuden en el sistema financiero para afrontar el pronto pago. Se trata de una idea que resulta improbable, habida cuenta de la escasa profundidad del sistema financiero.
Una política tributaria sana debe tender a ofrecer los incentivos justos para abonar en término, evitando los extremos de fungir como prestamista barato -con tasas demás inferiores a las de mercado- o como fondo de inversión -con descuentos superiores a los rendimientos de mercado-.
El mercado argentino, y me atrevo a afirmar que tampoco el internacional, no ofrece hoy valores ajustables por inflación con tasas de rendimiento de dos dígitos.
En síntesis, el descuento por pronto pago representa una alternativa de inversión altamente atractiva para el contribuyente con espalda financiera, pero difícilmente al alcance del pagador esforzado. Con anticipos ajustables, el descuento actual del 5% resultaría suficiente.