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Los contadores del país insisten en reclamar medidas fiscales

Sin respuestas, la Facpce envió otra carta a Nación, con distintas medidas que apuntan a la AFIP para morigerar el impacto del Covid-19. Dos Florines

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) envió una nueva nota al Gobierno nacional, para pedir una serie de medidas tendientes a generar soluciones en el marco de la pandemia. Fundamentalmente, apuntan a modificaciones impositivas que atañen a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De acuerdo al texto al que accedió DOS FLORINES, expresan que “en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país ha desarrollado una serie de acciones tendientes a solucionar temas que afectan la tarea de los profesionales ante la emergencia sanitaria y social generada por la pandemia de Coronavirus”.

La mayoría de las medidas, fueron solicitadas en notas previas, que hasta el momento no han obtenido respuestas. A continuación, los detalles:

– Reprogramación de todos los vencimientos de obligaciones formales y materiales.

– Reprogramación de los vencimientos de los pagos de tributos nacionales, incluyendo anticipos y pagos a cuenta.

– Suspensión de la aplicación de intereses resarcitorios y/o punitorios y multas.

– Suspensión de inicio y/o ejecuciones fiscales en curso.

– Suspensión de plazos en los requerimientos y fiscalizaciones en curso.

– Suspensión de inicio de nuevos requerimientos y/o fiscalizaciones.

– Reprogramación de los plazos a los aspectos vinculados con el Régimen de Regularización de Deudas Tributarias, de la Seguridad Social y Aduaneras – Moratoria – y sobre la repatriación de activos”. Sobre este punto el Poder Ejecutivo y la AFIP emitieron normas posteriores al planteo.

Asimismo, los contadores, también solicitaron las siguientes medidas:

– Reprogramar los vencimientos de las obligaciones tributarias y previsionales cuyo vencimiento general se hayan producido o produzcan a partir del 20 de marzo de 2020, por el tiempo que duren las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio, por un plazo no menor a 90 días, a contar desde la terminación de las medidas, con condonación de intereses y sanciones.

– Reprogramar los vencimientos de los distintos regímenes informativos vigentes, por un plazo no menor a 90 días, a contar desde la terminación de las medidas de aislamiento.

– Reprogramar las fechas de vencimiento general establecidas para el Impuesto a las Ganancias de Sociedades y del Impuesto sobre los Bienes Personales -acciones y participaciones societarias- previstas para el mesde abril, mayo y junio de 2020, respectivamente;

– Reprogramar las fechas de vencimiento general establecidas para el Impuesto a las Ganancias de las Personas Humanas y del Impuesto sobre los Bienes Personales con vencimiento en junio 2020. Cabe aclarar que, a la fecha, los aplicativos web para las liquidaciones de estos impuestos no están disponibles.

– Como medida para proteger y fomentar el empleo formal, reducción de contribuciones patronales con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social, así como también del costo de los servicios que prestan las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo y de los aportes y contribuciones sindicales.

– Prorrogar por un plazo no menor a 90 días, a contar desde la terminación de las medidas de aislamiento, la vigencia del Certificado MiPyMES, el cual de acuerdo con las normas vigentes debe solicitarse hasta el último día hábil del cuarto mes posterior al mes de cierre de del ejercicio comercial o año calendario según corresponda. Desde el Ejecutivo confirmaron la extensión de la vigencia de los certificados MiPyme.

– En relación con la presentación de información y certificaciones contables requerida por los Organismos Reguladores – BCRA, CNV, Inspección de Personas Jurídicas, Superintendencia de Seguros de la Nación, INAES y otras-reprogramar y flexibilizar la presentación la información contable por el plazo mencionado anteriormente”.

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