La coparticipación, reflejo de dificultades institucionales

06/08/2018

Por Mónica Avero – CNP / Lic. En Administracion

 

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Por Mónica Avero – CNP / Lic. En Administracion

En las sucesivas clases en la facultad hemos ido reflexionando a los largo de varios años acerca de las dificultades económicas de Argentina. En algunos momentos hemos revisado los temas sobre la coyuntura, también sobre las tendencias de mediano plazo y hemos llegado a profundizar temas que hacen a la estructura económica.

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En las reflexiones del aula llegamos a la conclusión entre las preguntas y respuestas de alumnos y docente que los problemas que surgen como situaciones coyunturales, son expresión de problemas más profundos y de largo plazo. Es decir que hacen a la estructura económica. Este ha sido el modo en cómo se ha ido conformando el funcionamiento de nuestro país se ha ido consolidando y naturalizando al punto que hoy lo consideramos parte de Argentina. En el lenguaje diario decimos: “así somos”.

En esta “magia” que tiene el proceso de enseñanza – aprendizaje universitario donde alumnos y docente enseñamos, aprendemos, nos preguntas y reflexionamos podemos llegar a cuestionar esta idea de cómo somos. El planteo profundo que nos hacemos parte de otra pregunta: ¿Cómo queremos ser? En el sentido de qué municipio, qué Provincia y qué Nación queremos ser.

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En este trabajo no se analiza la Coparticipación Federal de Impuestos desde el punto de vista legal o desde el punto de vista económico. En el estudio de estos temas, se llegó a la convicción que los valores fundacionales de las ciudades que dieron origen al Virreynato del Río de la Plata quedaron plasmados en leyes. Esas leyes y ordenanzas locales al armonizarse en pactos resultaron en lo que hoy son los Pactos Preexistentes, antecedente y actualmente integrantes de la Constitución Nacional. La perspectiva de este trabajo es reflexionar acerca de los efectos para el modelo de recaudación tributaria generado por la legislación conexa a la Coparticipación original en la institucionalidad de nuestro país.

Institucionalidad.

La estructura económica de un país es la concreción práctica de las instituciones políticas que le dieron forma de Estado. A su vez, esas instituciones tienen leyes que las avalan y dan forma a valores que conformaron a esta nación en su origen. En el caso de Argentina, los valores fundantes se fueron plasmando en los pactos que, aprobada la Constitución de la Nación Argentina en 1853, se llamaron Pactos Preexistentes.

Sin embargo, al analizar el tema de la Coparticipación pareciera que quedan en segundo lugar las instituciones políticas y las estructuras económicas que han ido surgiendo en consecuencia. Ya que la actual coparticipación federal de impuestos, más que la ley 23.548 es un régimen de tributación. Este régimen ha surgido de un modo prágmático a la luz de leyes, decretos, resoluciones nacionales y provinciales. Un sistema implica armonía de partes para alcanzar un fin. En cambio, la coparticipación es una práctica tributaria que fue surgiendo en base a las necesidades de recaudación para suplir las carencias de las diferentes partidas presupuestarias de jurisdicción nacional y provinciales. Por lo cual, en este trabajo se lo denomina régimen tributario o régimen de tributación.

Gastos.

Otro punto para reflexionar, que se conecta en el tema anterior en los aspectos prácticos, surge de considerar el fin de la recaudación tributaria. Si bien su fin inmediato es satisfacer los gastos que sostienen a la Administración de la hacienda pública, un fin mediato es el efecto sobre la Economía según sea el modo cómo se recaude. Ya que algo analizado por diversos autores el hecho de que la imposición de un tributo o su exención puede modificar las conductas de los ciudadanos. Esto se ha implementado en algunos casos para alentar actividades en el caso de las exenciones subjetivas y objetivas y también para desalentar conductas de los ciudadanos como son los impuestos internos en el alcohol y los cigarrillos. Esta implementación de tributos con el sólo fin de recaudar para equilibrar las cuentas fiscales hace olvidar el efecto colateral. Este efecto colateral es el aliento o el desaliento que provoca a producción, distribución e intercambios de bienes el cobro o la exención de un tributo.

En el caso de los tributos coparticipables, si bien se intenta redistribuir a las provincias para aumentar sus recursos presupuestarios, se provoca un efecto de “secar” la fuente por el efecto – desaliento sobre la producción y circulación de la riqueza que producen las actividades económicas de los ciudadanos. A su vez genera otra actividad paralela que es la industria económico – legal de elusión y evasión fiscal.

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