El Senasa actualizó el reglamento de inspección de establecimientos de carne bovina

02/09/2022

Mediante su Resolución 518/2022, publicada en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), mediante su Resolución 518/2022 publicada en el Boletín Oficial, actualizó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.

El Senasa actualizó la normativa relacionada a la fiscalización de los establecimientos de faena, para adecuarla a la nueva exigencia de que los cortes mayoristas no pueden superar los 32 kilos. La comercialización de carne por troceo regirá a partir del 1° de noviembre, sistema que reemplazará a la histórica venta mayorista de la media res.

Imagen 1

Se trata de la normativa que rige todos los aspectos higiénico-sanitarios de elaboración e industrialización de las carnes, subproductos y derivados de origen animal, como asimismo los requisitos para la construcción e ingeniería sanitaria de los establecimientos donde se faenen e industrialicen los productos en el ámbito federal.

Ante la decisión del Gobierno nacional de implementar la comercialización de la carne a nivel mayorista en cuartos o trozos de no más de 32 kilos, el Senasa adecuó el reglamento para incluir las condiciones sanitarias en que debe realizarse el “cuarteo” en los establecimientos habilitados.

Imagen 2

Cambios.

Según se informó oficialmente desde la entidad nacional, la resolución del Senasa modifica el Capítulo I del reglamento, al incluir en las “Definiciones generales”, la de cuarteo: “Se entiende por cuartos de res, cada una de las dos partes en que se divide una media res mediante un corte transversal desde el esternón hasta las vértebras dorsales o torácicas, denominándose, cuarto anterior o delantero y cuarto posterior o trasero, respectivamente”. En tanto que también la normativa modifica el Capítulo XIII del Reglamento, que hace referencia a los despostaderos.

Imagen 3