Recién este 4 de marzo, Domínguez oficializó la emergencia agropecuaria de Entre Ríos

04/03/2022

La medida, con la firma del ministro de Agricultura, fue publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Nación. Se extiende entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2022. Dos Florines

Tras un mes y medio de la visita del ministro Julián Domínguez a Entre Ríos para observar el impacto de la sequía junto al gobernador Gustavo Bordet, se publicó en el Boletín Oficial la medida nacional para paliar los efectos del fenómeno climático. Precisamente, este viernes 4 de marzo el Ministerio de Agricultura declaró la emergencia agropecuaria.

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Según la resolución 39/2022 a la que accedió DOS FLORINES, quedaron comprendidas en el texto las explotaciones agropecuarias de maíz, sorgo, bovinos, caprinos, ovinos, tamberos, hortícolas, pecan, cítricos y forestales, en todo el territorio provincial. Se reconoce que fueron “afectados por sequía, altas temperaturas e incendios”.

La norma indica que la emergencia agropecuaria regirá desde el 1 de enero último hasta el 31 de julio próximo, y se determinó esta última fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.

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Modalidad

En su artículo tercero, se indica que “a los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo”.

El cuarto artículo precisa que “el Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente”.

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Asimismo, el quinto expresa que “las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley N° 26.509”.