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Oficializaron la eliminación y reducción de retenciones a economías regionales

El Gobierno publicó un decreto para formalizar el anuncio que había hecho recientemente el ministro de Economía, Sergio Massa.

El Gobierno nacional oficializó la eliminación de las retenciones para una serie de productos de las economías regionales como el maní, el arroz, el tabaco, la industria forestal y el vino. En total son 371 posiciones arancelarias.

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La medida es retroactiva al 1 de septiembre, fue anticipada por el ministro de Economía, Sergio Massa y se formalizó este jueves por medio del Decreto 462/2023, publicado en el Boletín Oficial.

“Con el fin de promover el desarrollo e incentivo de la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación del empleo, deviene necesario modificar el esquema de alícuotas del Derecho de Exportación correspondientes al sector agroindustrial”, justificó el Poder Ejecutivo.

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Entre los productos beneficiados por la eliminación de las retenciones, están las cáscaras de cítricos, jugos y esencias cítricas, el sábalo, jugo de uva, vino, arroz sin cáscara parbolizado o procesado, arroz descarrillado, extracto de roble y de quebracho, papa, maní sin cascara y aceite de maní.

Según lo dispuesto, se mantendrán derechos de exportación del 3% para el arroz con cáscara parbolizado y el arroz con cáscara común, un 2% para el arroz partido y 4% y 3% para el maní con cáscara y el pellet de maní, respectivamente. El tabaco sin procesar pagará 5%, mientras que la leña abonará 4% y maderas en bruto, 3%.

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El Gobierno señaló que si bien durante 2020 y 2021 la alícuota del derecho de exportación se ha reducido, e incluso se fijó en un 0% para distintas mercaderías, “aún quedan pendientes algunas modificaciones, ya que siguen existiendo productos de las economías regionales y otros, con agregado de valor respecto a sus procesos de elaboración, que continúan pagando este derecho”.

Por tal motivo, resaltó que “para promover las ventas a mercados externos, mejorar el nivel de ingresos de los productores y elaboradores, así como de su red de interacción, fortalecer el arraigo y permanencia de la población rural en cada región de nuestro país, además de propender a mejorar la calidad de los productos, se realizó la selección de productos a incluir en la presente medida”.

Economías regionales

Arroz
-Arroz con cáscara: de 5% y 6% a 3% y 4%
-Arroz descascarillado, parbolizado y no parbolizado, arroz parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado, Arroz no parbolizado semiblanqueado o blanqueado, pulido o glaseado y excluido pulido o glaseado: de 3% y 5% a 0%.
-Arroz partido: de 4,5% y 5% a 2%

Maní
-Maní crudo con cáscara: de 7% a 4%
-Maní tipo confitería, blancheado y partido de: 4,5% y 3% a 0%
-Otros maníes crudos sin cáscara a granel y aceite bruto a granel: de 4,5% a 0%
-Tortas y residuos de extracción de aceite: de 5% a 3%

Mosto
-Jugo de uva (incluido mosto): de 4,5% a 0%

Vino y otros
-Vino, sidra, bebidas fermentadas, alcohol etílico y vinagre: de 4,5% a 0%

Cáscara deshidratada de cítricos
-Cáscara deshidratada de cítricos: de 12% a 0%.

Aceites esenciales
-Aceites esenciales de limón, naranja, lima y mezclas de sustancias odoríficas utilizadas como materias básicas en las industrias alimentarias o de bebidas productos con valor agregado de las economías regionales: de 3% a 0%.

Foresto industria
-Tableros, madera contrachapada, postes, corcho, cajones, barriles, extractos, taninos, esencias, papel, cartón: de 3% a 0%
-Pasta química y semiquímica de madera: de 4% a 0%
-Flejes, madera aserrada, hojas para chapado y contrachapado, maderas perfiladas, colofonias y ácidos resínicos: de 4,5% a 0%
-Leña, rollizos, madera en bruto: de 5% a 3%
-Madera en plaquitas o partículas, postes: de 5% a 0%
-Aserrín, aglomerados, briquetas, carbón: de 5% a 0%

Tabaco
-Tabaco sin desvenar y desperdicios de tabaco: de 12% a 5%
-Tabaco desvenado, cigarros, cigarrillos, tabaco para pipa y para fumar, extractos y jugos: de 4,5% a 0%

Papa industrializada
-Papas preparadas o conservadas sin vinagre o ácido acético, congeladas y no congeladas: de 4,5% a 0%.
-Proteínas de papa en polvo: de 3% a 0%.

Pesca y acuicultura:
-Pescado seco, incluso salado, sin ahumar y ahumado, excepto los despojos comestibles y salado, sin secar ni ahumar y en salmuera excluidos los despojos comestibles: de 7% a 0%.