Leasing inmobiliario: Nación otorgó beneficios para reducir el costo financiero

29/03/2022

La medida acorta los plazos de financiamiento para que el leasing inmobiliario. Además, se definieron otros incentivos impositivos. Dos Florines

El Gobierno Nacional comenzará a implementar mejoras en las condiciones de financiamiento para el leasing inmobiliario, con el fin de impulsar la adquisición de bienes inmuebles destinados a la producción y manteniendo beneficios impositivos que implican una reducción del costo financiero total.

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La medida, que dispone una reducción de 10 a 5 años en los plazos de financiamiento para la obtención de beneficios fiscales, se publicó hoy en el Boletín Oficial, a través del Decreto 152/2022 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y el ministro de Economía, Martín Guzmán.

Entre los beneficios fiscales más importantes se destaca la deducción de los cánones del balance impositivo, la amortización acelerada del bien y el diferimiento del pago del IVA, que representan una reducción del costo financiero total. El leasing financiero, al que se amplió el acceso, es el que representa mayores beneficios para las partes, y lo convierte en el más aceptado en el mercado porque lo que se paga como canon se deduce frente al Impuesto a las Ganancias.

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La nueva normativa se trabajó en conjunto con la Secretaría de Política Tributaria, a cargo de Roberto Arias, en función de la propuesta que le acercaron las entidades financieras y empresas del sector nucleadas en la Asociación de Leasing de Argentina (ALA), que consistió en acortar los plazos de financiamiento para que el leasing inmobiliario pueda tener vida en el país. A través de un comunicado, el presidente de ALA, Nicolás Scioli, remarcó que “el decreto firmado por el Presidente y Guzmán permite darle al sector productivo una herramienta estratégica, como es el leasing para la compra de inmuebles destinados a la producción”.

En concreto, el Decreto 152/2022 modifica el artículo 2 del Decreto 1038/2000 al reducir la duración mínima de un contrato de leasing de un inmueble no destinado a vivienda del 20% al 10% de la vida útil del inmueble para que sea considerado una operación de leasing financiero.

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La norma original, establecía un plazo mínimo de financiamiento de diez años en función de la vida útil del bien para que se configure un leasing financiero, y de esa forma, poder tomarse los beneficios tributarios, situación que impedía fijar una tasa de referencia. La reducción del plazo a cinco años permitirá que, con este instrumento, entre otras operaciones con fines productivos, se pueda financiar la radicación de empresas en parques industriales.