Jubilado de Paraná tuvo fallo a favor para que le devuelvan retenciones de Bienes Personales y Ganancias

14/03/2025

Se trata del reclamo presentado por un jubilado, que tuvo fallo favorable del Juzgado Federal N°2. Se dispuso el cese de los descuentos y la devolución del dinero. Dos Florines

El Juzgado Federal Nº2 de Paraná dictó este jueves 13 de marzo la primera sentencia definitiva sobre el reclamo de un jubilado sobre retenciones por Impuesto a los Bienes Personales (Ley 27.743) y/o Impuesto a las Ganancias, incluidos en la llamada Ley Bases.

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Según consta, ordenó para el caso particular el cese de los descuentos y la devolución de los importes descontados. El juicio está caratulado “xx c/ AFIP s/ Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad” bajo el Expediente FPA7473/2024. Se inició el 8 de octubre de 2024, detallaron a DOS FLORINES desde el Estudio Jurídico Mullor de Paraná.

La sentencia declara para el caso particular que los haberes jubilatorios no son “ganancia”, dado el carácter previsional de los mismos. Dispone el inmediato cese del descuento y además la devolución de los importes efectivamente descontados por AFIP (hoy ARCA) por los períodos no prescriptos. Cabe señalar que la prescripción es de 5 años.

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Hoy el importe “piso” de haberes jubilatorios en bruto es de $2.127.256. A partir de dicho importe en adelante, los jubilados, retirados y pensionados sufren descuentos por Impuesto a los Bienes Personales o Ganancias según las escalas del Art. 94 de la Ley 27.743, informaron desde el estudio jurídico actuante, situado en calle Alem 366.

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