Hasta el día 10 de mayo

26/04/2020

La cuarentena seguirá en los aglomerados de más de 500 mil habitantes. Los centros urbanos con menos cantidad podrán ser exceptuados siempre y cuando lo determinen los gobernadores. Dos Florines

Tal como se preveía, el Gobierno nacional decidió este sábado prorrogar el aislamiento social, preventivo y obligatorio –o la cuarentena, como todos lo llamamos–, al menos, hasta el 10 de mayo próximo.

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Si bien seguirán suspendidas las clases al igual que los eventos públicos y privados, las actividades turísticas y los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes, los ciudadanos podrán salir a caminar hasta 500 metros de sus domicilios, pero no más de una hora.

El presidente Alberto Fernández explicó, una vez más, por medio de cifras exhibidas en un gráfico que la cuarentena seguirá en las grandes ciudades, puntualmente en los aglomerados de más de 500 mil habitantes. Los centros urbanos con menos cantidad de ciudadanos podrán ser exceptuados siempre y cuando lo determinen las autoridades provinciales.

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De todas formas, el Presidente aclaró que éstos tendrán que cumplir con cinco requisitos. Asimismo, Fernández dijo que el Gobierno nacional hará un “seguimiento estricto de la pandemia” en los distritos donde se abrirán excepciones y advirtió: “Si se desbordan los números o las exigencias dejan de cumplirse vamos a poder dar marcha atrás con la decisión provincial”.

Detalles.

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Todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.

La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.

Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:

* Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.

* Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros.

* Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado.

* Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares.

* Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.

* El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.

En las provincias.

Los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:

1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días.

2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta.

3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional.

4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido.

5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con las excepciones.

El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.

Los trabajadores mayores de sesenta años, mujeres embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.

Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.

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