Grandes fortunas: la UIA planteó su preocupación y propone una “visión productivista”

18/11/2020

“La redacción del proyecto en cuestión profundizará aquellos problemas que impiden emprender el camino de la recuperación sostenida”, alertaron desde la entidad que conduce Miguel Acevedo. Dos Florines

La Unión Industrial Argentina (UIA) manifestó su “desacuerdo y preocupación” en relación al proyecto de ley que aplica sobre las grandes fortunas, bajo el título oficial de “Aporte solidario y extraordinario”, cuya media sanción ya se obtuvo en la Cámara de Diputados de la Nación.

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A través de un comunicado, la UIER señala que el tratamiento del proyecto en el recinto “no tuvo en cuenta los elementos que afectan al sector productivo, y consecuentemente, los efectos sobre el sostenimiento del empleo y la actividad en el contexto de una crisis sanitaria y económica sin precedentes”.

En este sentido, desde la entidad que conduce Miguel Acevedo plantaron la importancia de que el Senado de la Nación incorpore una “visión productivista” al tratamiento del proyecto en cuestión. A continuación se enumeran los temas abordados en el documento presentado por la UIA:

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  1. Excluir de la base de imposición a las acciones o participaciones en activos productivos (incluido todo tipo de inmuebles).
  2. Permitir dar cumplimiento al monto de aporte requerido mediante un importe equivalente en inversiones productivas en el plazo de un año.
  3. Incorporar exenciones a Títulos Públicos y a Obligaciones Negociables de empresas argentinas para no afectar el ahorro en moneda nacional y en instrumentos públicos (que acaban de atravesar un proceso de renegociación).
  4. Incorporar un mínimo no imponible y corregir las alícuotas para evitar tratamientos desiguales.

Cuestionamientos

Asimismo, desde la UIA plantean que el proyecto “afecta los principios constitucionales de confiscatoriedad, capacidad contributiva y retroactividad respecto de la condición de residente”.

Por un lado, explican que la confiscatoriedad se da porque grava la misma base imponible que el impuesto a los bienes personales (con el agravante que no admite las exenciones de aquel tributo).

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Respecto de la capacidad contributiva, aseguran que ante idéntico patrimonio se tributa diferente en función de la localización de los activos.

En tercer lugar, cuestionan que se da una retroactividad de la condición de residente, porque este tributo alcanzará a los residentes al 31/12/2019 aunque hayan perdido dicha condición durante este año.

“En un contexto atravesado por una crisis de escala global, la redacción del proyecto en cuestión profundizará aquellos problemas que impiden emprender el camino de la recuperación sostenida. Más que gravar los recursos que se destinan a la inversión, Argentina necesita potenciarlos desde una mirada integral y de largo plazo”, concluye el comunicado.

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