Fuerza mayor
19/04/2020
Por Gustavo Sánchez Romero – Editor de Dos Florines
Cuando la mañana del 7 de enero de 2002 los gringos de la Pampa Húmeda despertaron con el primer sol sintieron que, como muy pocas veces en la historia, una decisión del Estado nacional los beneficiaba mágicamente.

El día anterior, el Congreso Nacional derogaba la Ley 23.928 de Convertibilidad que había sido decretada el 27 de marzo de 1991. Con el impulso de Domingo Cavallo, el sector exportador quedó más de una década preso en un corset monetario que hacía inviable el comercio internacional y el retraso cambiario puso en jaque al campo argentino.
Los productores habían sembrado la soja en diciembre con un dólar a un peso y de pronto oscilaba como una pluma en la tormenta y terminaría por acomodarse en 3,40 pesos… ¡una papita!.

Sin embargo, no todas serían flores. Las empresas multinacionales de insumos agropecuarios salieron a golpear todas las tranqueras para recordarles que ellos le habían vendido sus productos en dólares, a pesar que los contratos se firmaron en pesos.
Los productores no pudieron resistir la sutil invitación y acordaron en acomodar la relación a un valor de 2002. Aquí se aplicó la teoría Al Capone: “Un buen argumento, apoyado con una ametralladora, es irresistible”

El mismo Congreso nacional, que había vitoreado a voz en cuello el default algunos días atrás, encontraba en la devaluación la principal herramienta para proyectar un crecimiento basado en el superávit de la cuenta comercial y ajuste compulsivo del salario. Sin embargo, lo hacía violando uno de los principales contratos que tienen las sociedades desde los principios de su organización: el contrato social y moral que subyace a la moneda.
Para algunos, las sociedades modernas han construido el reticulado de normas que la sostienen en el miedo, el control y el castigo. Para otros, en el consenso, empujados por la convicción que en la cooperación hay mayor beneficio. No es momento de ingresar en esta antigua grieta sociológica. Como sea, la convención que sostiene al dinero se mantiene indemne desde hace siglos. Porque dinero es todo aquello que la sociedad conviene que lo es. Pero para eso, debe mantener sus tres propiedades básicas: medio de intercambio, unidad de cuenta y reserva de valor. La Convertibilidad, a pesar que su mentor le había pronosticado una larga vida, había agotado su proceso y el Peronismo le extendió el certificado de defunción con el apoyo de la sociedad que comprendió que era una ilusión óptica que la competitividad de la economía argentina podía ser igual a la de EE.UU.
El de los chacareros es sólo un ejemplo de una solución face to face. Hubo miles que no corrieron la misma suerte. En ese escenario se produjo un tembladeral en los contratos comerciales y todo fue puesto en cuestión. La Argentina debió asumir rupturas que se judicializaron en estrados internacionales, con intervención del Ciadi; pero también de los tribunales ordinarios y hasta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Acuerdos.
“… según la actora, la crisis económica sufrida por el país a partir de diciembre de 2001 tornó desequilibrado el contrato, máxime teniendo en cuenta la variación del precio del dólar y de los combustibles…”, reza un párrafo de un fallo de 2002 de una Cámara Civil en el caso de contrato de usufructo de una estación de servicio en el interior de Santa Fe, donde el demandante logró evitar el reajuste previsto en el contrato.
La cita es aleatoria pero sirve para ejemplificar el cimbronazo que sufrieron los acuerdos que se desintegraron durante la salida de la Convertibildad.
La desocupación alcanzó la cifra de 16,4%, con un creciente número de informales y pobres, y el dato sólo sirve para trasladarlo a la realidad que ya está sobre nosotros.
Los contratos se adecuaron a la necesidad de las partes, y se hizo necesaria la intervención de “la buena fe” para encontrar puntos de intersección, pero no siempre fue así y muchos se vieron la cara frente al juez.
En un contrato, lo acordado es “ley” para las partes y deben someterse a ello sin derecho a revisar -en circunstancias normales- lo acordado y “firmado”. De allí que los abogados nacen con un precepto tatuado en su pecho: Pacta sunt servanda. Esta voz latina se reduce a “lo pactado obliga”, principio básico del derecho civil y del derecho internacional asegurando que el contrato es ley entre las partes.
Sin embargo, y el propio presidente Alberto Fernández lo reconoció el domingo pasado en una entrevista que le concedió a Jorge Fontevecchia – el director del Diario Perfil-, la ley, para estos casos, prefigura el concepto de “Fuerza mayor”.
En “nuestro Código Civil define el caso fortuito o la fuerza mayor como aquel imprevisto a que no es posible resistir”. A partir de esta norma, la doctrina y la jurisprudencia ha señalado que un evento de fuerza mayor debe ser (1) externo; (2) imprevisible e (3) imposible de resistir”, según señala el abogado Rodrigo Momberg, en un reciente artículo en un medio especializado.
Se podría decir, ergo, que la irrupción del Corona Virus desbocado en pandemia como fenómeno sanitario y la cuarentena como respuesta social desemboca en una crisis económica que podría resumirse en otro precepto latino: Rebus sic stantibus.
Esto puede traducirse como “estando así las cosas”, haciendo referencia a un principio de derecho en virtud por puede darse lugar a alteraciones sustanciales de los contratos bajo circunstancias excepcionales que se presentaron luego de la firma de los mismos.
En tanto, superada la buena fe, el derecho consiente que “no se puede obligar o forzar a una de las partes a cumplir una obligación que se ha visto modificada en su esencia a consecuencia de hechos imprevisibles, que, de existir al momento de la celebración de ese contrato, no hubieran permitido su celebración”, según entiende José Salvador Giménez Ricarte, profesor de derecho mercantil en la Universidad Católica de Valencia.
Es decir entonces, como síntesis, que a) Los contratos son inviolables; b) Aparece el Covid 19; c) Vamos a ver qué hacemos con los contratos.
Los principales análisis convergen en escenario en que el mundo marcha hacia una depresión inasible, y la Argentina no le iría en saga.
La crisis de 2001pesificó los contratos y eso generó una implosión de las relaciones comerciales en el país. Pero también volaron por los aires los contratos patrimoniales.
Todavía es imprudente aventurar cómo se comportarán los actores económicos, especialmente en países vulnerables como el nuestro, que además acaba de agregar el serio riesgo de poner su deuda en default. Dependerá de cuán firme se mantenga el Estado, y que la sociedad comprenda que, como dice el abogado Roberto Quinodoz, la solidaridad entendida como “compartir en todo o en parte el destino del otro, sea parte del principio básico de la armonía social, junto con el de subsidiaridad”. Las personas y el Estado no pueden ser subsidiarias, deben necesariamente ser solidarios.
Concepto.
El dilema central parece estar esclarecido. Desde el Presidente a los operadores del mercado parecen coincidir en que estamos ante el concepto de Fuerza Mayor. Puede haber matices, como en el caso del mercado inmobiliario que, mientras las asociaciones de inquilinos aseguran que sólo pudo pagar el 40% de los locatarios, el colegio entrerriano de los corredores asegura que en abril se hizo efectivo el 95 %. Cada uno buscará que las estadísticas testifiquen en su favor, y es natural.
Pero hay todavía dilemas sucedáneos que emergen y que no tienen respuestas naturales; más allá de las acciones que ha tomado el Estado para contrarrestarlas.
En este sentido, Roberto Quinodoz, que en su estudio se asesora tanto a sindicatos como a empresas, tiene claro el escenario general, aunque dice que no le sobran respuestas acerca de lo que puede suceder en el futuro.
Es que nunca hubo en el tiempo contemporáneo en estado de derecho en plenitud una situación tan marcadamente clara donde se advierte un caso de fuerza mayor, expresa. “Se trata de lo que está definido como algo que no ha sido previsto, y siendo previsto no pudo ser evitado. En el mundo del trabajo se hace referencia a la fuerza mayor por falta o disminución, es decir que cuando esta circunstancia no puede ser atribuida al empleador y todo parece fehacientemente justificado”, asegura el abogado.
Recuerda también que, atinadamente, en su criterio, el Gobierno nacional dispuso el DNU 34/2019 reconociendo el agravamiento económico con la indemnización duplicada: y por otra parte la emisión del DNU 329/2020 donde se prescribe la prohibición de los despedidos sin justa causa justificada o por las causas de falta de trabajo de fuerza mayor, que llega hasta el 29 de mayo de 2020.
Sin duda que se trata de situaciones excepcionales, de imprevisibilidad, inevitabilidad y ajenidad, es decir que el daño no puede haber sido facilitado por la culpa de algún responsable.
Técnicamente, los despidos que se producen en este tiempo son inválidos, y los trabajadores pueden pedir la reincorporación.
“De lo que se trata es de resguardar las relaciones humanas sobre la base de la solidaridad y de conducta ética cuidando la dignidad de la persona, dignidad que la tiene tanto el trabajador como el empresario, pero la situación de desamparo cae más sobre quien tiene que ganarse el pan a diario. Pero esta excepcionalidad hace que también la sensación de desamparo afecte a las Pymes, que pese a algunas medidas que ha tomado el Gobierno, no van a poder seguir cumpliendo con los salarios sino se reactiva su escenario económico”, describe Quinodoz.
En este contexto, ante la irregularidad de la situación y lo incierto del futuro, se subraya que en esta recesión productiva todos resultan damnificados, por lo que insiste en apelar a la “solidaridad y fraternidad”, y rescata que “puedan hacer suspensiones acordadas entre empresarios y sindicatos para poder abonar sueldos en un menor porcentaje al legal y mantener la fuente de trabajo. Lo cual está permitido por el decreto 329/20 que se exceptúa de la prohibición a las suspensiones efectuadas conforme al artículo 223 bis de la ley de contratos de trabajo”, clarifica el abogado.
Finalmente, entiende que hay que recordar que el decreto 320/20 declaró, en el marco de emergencia, la suspensión de los desalojos, las prórrogas de los contratos de alquiler, el congelamiento de los contratos de alquiler, la subsistencia de las fianzas en esos contratos, la prohibición de aumentar los valores locativos, sin perjuicio que luego se reajusten a la finalización de la emergencia, y se refiere a los contratos de alquiler en los contratos de vivienda única o rural, vivienda familiar o personales en hoteles u otros alojamientos, inmuebles de actividades culturales o humanitarias, inmuebles rurales, inmuebles alquilados por monotributistas o profesionales autónomos, o alquilados por Pymes, por lo cual se busca incrementar el grado de protección a las empresas.
Lo que resta ver es si el talud de prescripciones legales logrará contener la presión que parece sobrevenir.
Variables.
En general, los analistas en el país coinciden en que la variable tiempo es clave para analizar el futuro. Si la curva de las infecciones se extiende, y se quiere mantener rigor sanitario, las restricciones se van a prolongar por más días, afectando la actividad económica y profundizando la crisis.
En esta línea, más contratos no podrán cumplirse cuanto más largo sea el proceso de cuarentena y menos puedan las personas intentar equilibrar sus ingresos.
Alfredo Calabrese, titular Integrar Alyc, una compañía de Bolsa regional que incluye a la de Entre Ríos, aseguró que muchos contratos sufrirán, y se verá modificado el esquema anterior de acuerdos. “Los comerciales, los de provisiones, de locación, hasta algunos contratos de obra pública han sido neutralizados para retomarlos más adelante. Muchos más serán reformulados. Todo dependerá de cuánto es el tiempo de duración de este evento. Me animo a decir que, si luego de la superada la contingencia sanitaria, la economía no se recupera, el 98% de los contratos deberán ser reformulados. Pero hay que ver la correlación con el tiempo. Es más, pensando en voz alta diría que hasta el contrato de empleo público podría ser revisado si hay una recesión muy prolongada como se vaticina”, confió el profesional ante la consulta periodística.
Según Calabrese, el Mercado de Capitales siempre ha garantizado el cumplimiento de los contratos y eso le otorga prestigio, pero ante este punto jurídico de la imprevisión en que impera un riesgo sistémico, todas las estructuras deberán adecuarse a la nueva situación.
Las consultas en el sector agropecuario marcan un escenario más previsible y constante.
Es que la mayoría de las actividades se han mantenido trabajando, y eso ha permitido la continuidad de las cadenas productivas de los alimentos y la logística. No se advierten aún episodios de discontinuidad, más allá de casos puntuales. Tanto los productos primarios como los elaborados se muestran como los grandes aportantes de la cuarentena -con beneficios y perjuicios- y esto incluye a las carnes -aviar, porcina y vacuna- que ven un horizonte más claro. China ha vuelto a comprar carne argentina y eso genera más certidumbre.
Alfredo Bel, de Federación Agraria, entiende que este escenario difiere del de 2001, al menos para el campo. Asegura que hoy no hay conflictos entre las partes, y los contratos tienden a respetarse pensando más bien en resignaciones más que hostilidades para avanzar en las diferencias. “Nosotros no vemos riesgos en los contratos. Si tenemos sectores que están en alerta como el lácteo por la caída de muchos productos o el citrícola, por su propia dinámica de funcionamiento. En la agricultura vemos que la tendencia marcha hacia pagar con productos, por lo que al haber -pese a la caída de la producción y del precio de la soja- disponibilidad, se cumplen los compromisos. La ganadería está firme, en términos generales y vemos que se recuperan los movimientos en busca del círculo virtuoso”, describe el dirigente rural.
En tanto y sin embargo, asegura que si bien es cierto que no hay muchos cheques rebotados como se esperaba, hasta ahora, sienten que no encuentran en los bancos una contraparte conteste a las necesidades. “En efecto aquí debe imponerse el concepto de Fuerza Mayor, y el primero que deber entenderlo es el Banco Central, porque entre el 20 de marzo y el 3 de abril no hubo actividad bancaria y había un compromiso firme de los bancos de anotar pero no informar los cheques rechazados. La verdad que fueron nefastos porque no había forma que un productor pudiera cubrir su deuda en el banco y tuvo que someterse a una situación donde los bancos no estuvieron y encima hay un corralito para poder retirar y operar con dólares”, subrayó Bel con firmeza.
Preguntas.
Las preguntas crecen en forma inversamente proporcional a las respuestas, y si bien todos se las hacen, nadie por ahora vaticina más allá de la distancia de su sombra.
Carlos Borghatello, gerente de La Segunda, compañía de seguros, también se hace muchas, aunque no encuentra respuestas firmes. El empresario adelanta que en el tema de cobranza el sector está sintiendo un golpe fenomenal. “Si vamos al sistema de ART se calcula muy razonable la estimación en mayo se va a recaudar un 50 % del 931, porque el empresario va a preferir pagar el salario a su personal, que las cargas impositivas o a la compañía de ART. Recordemos que el ejecutivo impuso la obligación de cubrir a los enfermos por Covid 19, pero no prevé los fondos con que se costearán todos los casos afectados, en todas sus dimensiones. Hay que tener en cuenta que el sistema ya viene muy complicado financieramente y estaba superjudicializado, y caminaba con una sustentabilidad muy precaria”, reflexiona.
Pero agrega otro dato más, no menor, y que hace a la sobrevida de las empresas. Recuerda Borgathello que las inversiones de las compañías estaban diversificadas en algunas carteras sostenidas en un 80 % en acciones, que se han desplomado, sin mencionar a los bonos soberanos que están en el umbral del default y que deja a las compañías muy vulnerables, lo que también juega a la hora de la relación con los clientes y el mercado.
“En los estados contables se permite ponderar estos activos a valor técnico, siempre que te lo quedes hasta el vencimiento. Ahora, si debe salir a venderlos se lo hará a precio vil, marcando una situación de insolvencia en las aseguradoras que afectará a todo el mercado. Esto nunca se vivió, y lo más grave es que puede sobrevenir un proceso de concentración donde serán las más chicas serán las que van a sufrir y hasta desaparecer, favoreciendo a las que lideramos el mercado”, detalló con definido temor el gerente de La Segunda.
Nadie apuesta por ahora y la bolilla gira sin detenerse ante la mirada atónita de muchos.
Existe un viejo apotegma en economía -también en latín- conocido como Ceteris Paribus: el resultado será X, sí, sólo si todas las variables se comportan como está previsto. Esto no parece suceder por estos días en el imperio de la incertidumbre y la angustia general, en horas de decisiones difíciles para los líderes políticos.
Sobreviene entonces una última pregunta, también en latín: Quo vadis?