Estacioneros apoyan congelamiento de precios, pero exigen provisión adecuada

17/08/2019

“El congelamiento para ser efectivo debe comprender toda la cadena”, expresaron desde Cecha. Dos Florines

Los estacioneros nucleados en la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina (Cecha) emitieron un comunicado a través del cual ponen de manifiesto su apoyo a la decisión del Gobierno nacional de congelar los precios de las naftas por 90 días. De todos modos, piden que haya un compromiso en toda la cadena.

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“El congelamiento de precios por 90 días es tomado positivamente por la Confederación a los efectos de dar la tranquilidad al público usuario que durante dicho plazo serán mantenidos los precios en el surtidor que estaban vigentes al 9 de agosto”, señalan primeramente en el texto enviado a DOS FLORINES.

De todas maneras, plantean: “El efecto de esta medida, necesariamente debe complementarse con la provisión adecuada de combustibles a las Estaciones de Servicios cuyos proveedores habituales deben cumplimentar lo establecido por el articulado del DNU de referencia”.

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En este contexto, además, anticipan: “Seguramente deberán pasar unos días hasta tanto el mercado vaya acomodándose a esta nueva coyuntura, y desde luego que aparecerán inquietudes/reclamos que deberán ser resueltos responsablemente con la participación de todos los factores que intervienen directa o indirectamente en la comercialización de los combustibles”.

“El DNU entre sus considerandos hace referencia a la Ley 26.741/2012, precisando que toma como base de sustento el inciso g) del art. 3°: la protección de los intereses de los consumidores relacionados con el precio, calidad y disponibilidad de los derivados de hidrocarburos, protección que desde la Confederación consideramos indubitables y que para ello debemos anoticiar al SGE cualquier anomalía que se detecte, fundamentalmente en la disponibilidad”, indican.

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De igual manera, aclaran: “Si bien es comentado por los medios, el DNU no menciona la Ley de Abastecimiento 20.680/74, pero sabemos que es una herramienta de sanción vigente para los casos que no se cumpla precisamente las mismas prerrogativas citadas para los consumidores, o sea precio, calidad y disponibilidad de los combustibles, que deben ser entregados por nuestros habituales proveedores”.

Finalmente, subrayan que “el congelamiento para ser efectivo debe comprender toda la cadena desde la extracción hasta la comercialización, cualesquiera sean los proveedores y sobre ello trabajaremos con la SGE, para que se respete esta premisa fundamental”.

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