Es ley el Régimen de Promoción de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Entre Ríos

11/03/2021

El Senado dio sanción definitiva al proyecto a través del cual se busca promover y financiar actividades con base en la ciencia y la tecnología. “Es un fenomenal avance en materia de innovación”, dijo Juan José Bahillo, el titular del Ministerio que será autoridad de aplicación de la norma. Dos Florines

Contar con una ley provincial de fomento a la ciencia y la tecnología “es un fenomenal avance en materia de innovación”, dijo el ministro de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, Juan José Bahillo, luego de que el Senado entrerriano diera sanción definitiva, este jueves, al Régimen de Promoción de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

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“Expresa la decisión del Estado entrerriano de profundizar el camino de la integración para la concreción de más empleos genuinos en el sector privado”, resaltó.

En la cartera productiva que conduce Bahillo recae la responsabilidad de ser la autoridad de aplicación de la ley, que establece el Régimen de Promoción de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Entre Ríos.

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“Desde el inicio de la gestión del gobernador Gustavo Bordet es cotidiano el trabajo junto a representantes de empresas, universidades, sindicatos e institutos técnicos para concretar proyectos de desarrollo tecnológico, y, con esta ley, se incorpora un elemento fundamental que es el marco institucional bien definido” precisó el ministro.

Por su parte el secretario de Ciencia y Tecnología, Jorge Gerard, especificó que el texto de la norma precisa que “está destinada a promover y financiar actividades con base en la ciencia, la tecnología y la innovación, en un todo de acuerdo con el Artículo N° 271 de la Constitución Provincial”.

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“También es un objetivo asegurar la consolidación del Sistema Provincial de Ciencia, Tecnología e Innovación como herramienta clave para impulsar la generación y aplicación del conocimiento con vistas a mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos y ciudadanas a nivel socioeconómico, cultural y educacional”, añadió Gerard.

Alcances de la ley.

Los puntos salientes de la norma, son los siguientes:

  • Potenciar el desarrollo social y económico de Entre Ríos, impulsando la producción de los conocimientos necesarios para la transformación permanente de las economías regionales y la generación de nuevas oportunidades de desarrollo se cuenta entre las metas; lo mismo que propiciar el desarrollo en el territorio provincial de las empresas basadas en el conocimiento, en particular las pequeñas y medianas empresas.
  • También cuenta con el apoyo y asesoramiento científico y tecnológico de instituciones y organismos del Estado Provincial; desarrollar capacidades institucionales de innovación del Estado provincial; fomentar y apoyar el interés por las ciencias y la investigación en los niños, niñas y jóvenes de los distintos niveles del sector educativo provincial y nacional, público y privado.
  • Se asegura el respeto a la libertad de investigación, dentro de los principios éticos y del uso sustentable de los recursos naturales y el cuidado del ambiente y promover el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Lo mismo que impulsar el acceso a la conectividad en todo el territorio provincial, orientando las capacidades en ciencia, tecnología e innovación para la reducción progresiva de la brecha digital.
  • Fomentar la consolidación del sistema científico tecnológico en los diferentes departamentos de la provincia, priorizando las zonas geográficas de menor desarrollo relativo.
  • El Poder Ejecutivo impulsará la estructuración de un Sistema Provincial de Ciencia, Tecnología e Innovación, propiciando un mayor impacto social y económico del conocimiento científico-tecnológico, en un marco de desarrollo sustentable.
  • El sistema comprende a institutos de investigación, universidades, instituciones educativas de nivel superior, centros tecnológicos, parques y polos tecnológicos, aceleradoras e incubadoras de empresas, entramado empresarial y cámaras y organizaciones, emprendedores de base tecnológica, organizaciones no gubernamentales, áreas del Estado a nivel nacional, provincial y local e instituciones del sistema financiero y productivo que proveen recursos para la innovación en sus diversas formas.
  • La autoridad de aplicación será la Secretaría de Ciencia y Tecnología de la Provincia de Entre Ríos que es parte del Ministerio de Producción. De forma simultánea prevé la creación de un Consejo Consultivo para asesorar a la autoridad de aplicación en la materia. El Consejo estará integrado por representantes del Poder Ejecutivo, de la Legislatura Provincial, de las cámaras empresariales, de las organizaciones sindicales, de las Universidades e institutos técnicos radicados en Entre Ríos.
  • Establece la creación del Observatorio para integrar, registrar, sistematizar y producir información sobre la situación actual y en prospectiva en materia de ciencia, tecnología e innovación, como soporte a la toma de decisiones, monitoreo y evaluación del sistema de innovación provincial.
  • El régimen de promoción se financiará desde el Fondo Provincial de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Entre Ríos, que estará destinado a gestionar, auspiciar, apoyar, financiar, fomentar, promover y ejecutar las políticas públicas tendientes al cumplimiento de los objetivos y finalidades establecidas en la ley.
  • Los beneficiarios podrán ser organismos oficiales, municipios e instituciones privadas radicadas en la provincia. Los recursos se otorgarán a los organismos oficiales y a los municipios como aportes reintegrables o no, de acuerdo a los programas y proyectos que se aprueben conforme el plan operativo anual. Las instituciones privadas se otorgarán en calidad de préstamos, subvenciones o subsidios, de acuerdo a las disposiciones reglamentarias que se establezcan, teniendo en cuenta los objetivos institucionales y la capacidad económica de las beneficiarias.

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