El salario complementario y los créditos a tasa 0% no pagarán Ingresos Brutos

01/05/2020

El BCRA dispuso que tampoco deben retenerle Ingresos Brutos a quienes perciben el IFE y la AUH. Dos Florines

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó a las entidades financieras que el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Salario Complementario (Decreto Nº 332/20) no están alcanzados por el Impuesto sobre Ingresos Brutos.

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Al respecto, las transferencias efectuadas por dichos conceptos por la Anses quedan exceptuadas de las retenciones bancarias del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), según lo informado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

A través de la Comunicación C87164, el BCRA indicó que también quedarán excluidos de la misma retención los Créditos a Tasa 0% para Monotributistas y Autónomos, en todos los casos que las entidades financieras intervengan en la operación.

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Al respecto, en el comunicado subrayan que esta ayuda financiera fue instrumentada en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo Nacional como consecuencia de la pandemia del virus Covid 19.

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