Los consumos en dólares con tarjetas se tomarán a cuenta del cupo mensual

15/09/2020

No habrá tope pero cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorberán el de los meses subsiguientes. La decisión la adoptó el Banco Central con el objetivo de “garantizar divisas para la recuperación económica”. Dos Florines

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) tomó medidas para “promover una más eficiente asignación de las divisas; evitar operaciones disruptivas de inversores no residentes sobre los mercados financieros; favorecer el desarrollo del mercado de capitales local; sentar los lineamientos para una renegociación de la deuda privada externa compatible con el normal funcionamiento del mercado de cambios, y priorizar a las pequeñas y medianas empresas en la asignación de créditos para la prefinanciación de exportaciones”.

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La autoridad monetaria, a través de un comunicado, informó que “a los efectos de priorizar la asignación de divisas a la recuperación del crecimiento económico y el empleo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera”.

La iniciativa, concretamente, propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta.

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En el mismo sentido, el BCRA estableció que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorberánn el de los meses subsiguientes.

Para no afectar la operatoria habitual, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la FAE, la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido.

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Además, el BCRA junto a las entidades financieras “perfeccionará el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cuentas bancarias en dólares y se limitará el acceso de cotitulares a la compra de dólares para FAE.

Evitar operaciones disruptivas de no residentes.

En otra medida, el Banco Central pone en marcha una estrategia “de normalización financiera”, que implicará la eliminación de la posibilidad de que los agentes financieros no residentes lleven adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera, a fin de regular la salida de divisas a través del mercado de capitales local.

Además, para impedir posibles elusiones a lo dispuesto, el BCRA limitará la posibilidad de liquidación local de operaciones con títulos valores realizadas íntegramente en el exterior.

“Las mencionadas decisiones restringirán la realización de maniobras especulativas llevadas adelante por fondos de inversión no residentes en el país y su impacto sobre la dinámica de los mercados financieros y de cambios”, remarca el comunicado.

Fomentar el desarrollo del mercado de capitales.

Mientras, para favorecer la participación de actores locales y la tramitación de operaciones en el mercado financiero doméstico, el BCRA eliminará los plazos de tenencia mínima que afectaban a las operaciones de personas humanas para la adquisición de títulos valores con moneda extranjera y su posterior liquidación en moneda local.

En simultáneo, la CNV pondrá en práctica una serie de requerimientos en vistas de favorecer la tramitación de operaciones financieras en el mercado local. En este sentido, elevará los plazos de tenencia mínima que deberán respetar las transferencias receptoras de títulos valores desde el exterior para su liquidación en moneda local hasta los 15 días hábiles.

Además, se incorporará un requerimiento de liquidación local de las operaciones realizadas por los ALyC (Agentes de Liquidación y Compensación).

Las mencionadas iniciativas se proponen incrementar los incentivos a la tramitación local de operaciones financieras para fortalecer el desarrollo del mercado.

Reestructuración de deudas del sector privado.

El BCRA, asimismo, estableció los lineamientos bajo los cuales las empresas del sector privado podrán iniciar un proceso de renegociación de sus respectivos pasivos externos, que permita acomodar su perfil de vencimientos a las pautas requeridas para el normal funcionamiento del mercado de cambios.

Bajo este nuevo marco, “se invita a las empresas del sector privado a mantener el proceso de desendeudamiento en moneda extranjera en curso, a un ritmo que resulte compatible con las necesidades de divisas de la economía y la estabilidad cambiaria”, dice el comunicado.

El marco establecido se enfoca sobre las empresas con vencimientos mensuales superiores a 1 millón de dólares, incorporará un período de gracia para el trámite de las renegociaciones con los acreedores y considerará la posibilidad de la cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital, en línea con lo realizado por las principales empresas del sector privado.

Pymes.

El BCRA, por último, se propone reducir la participación de grandes empresas en las líneas de financiamiento que las entidades financieras ofrecen para la prefinanciación de exportaciones. La iniciativa apunta a que aquellas grandes empresas con acceso a los mercados de crédito internacional, aprovechen las nuevas condiciones generadas por la normalización de la deuda soberana, liberando margen de financiaciones para el crédito local de pequeñas y medianas empresas exportadoras.

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