CRA pidió la postergación de vencimientos impositivos y previsionales
30/03/2020
La entidad, asimismo, reclamó la ampliación del alcance de la actual moratoria a todos los contribuyentes y una deducción especial Ganancias. Danilo Lima
La crisis sanitaria que vive el país derivada de la irrupción del Coronavirus y la extensión de la cuarentena dispuesta por el presidente Alberto Fernández generan cada vez más dudas sobre el futuro de la economía –sobre todo si el parate llegara a prolongarse aún más–, al punto que no hay sector que no haya expresado sus tumores ante esta posibilidad.

Pedidos urgentes de medidas en materia impositiva, financiera y laboral se suceden desde algunos días, a medida de que los empresarios –grandes, medianos y pequeños– van tomando conciencia de la gravedad de la crisis.
El sector agropecuario, a pesar de ser uno de los exceptuados de la cuarentena, obviamente, no ha quedado al margen de estos reclamos.

Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), por ejemplo, dio a conocer una serie de propuestas presentada al Gobierno nacional para paliar la crisis en materia impositiva.
La entidad que preside el entrerriano Jorge Chemes (foto), en “este contexto de crisis sanitaria” y con “la intención de preservar los empleos que genera el sector agropecuario” a lo largo y ancho del país, le envió una nota al Gobierno con algunas medidas.

Las medidas, punto por punto.
1- Postergación de todos los vencimientos impositivos y previsionales de Nación, Provincias y Municipios hasta el 31 de julio de este año, con condonación de intereses y sanciones.
2- Ampliación del alcance de la actual moratoria a todos los contribuyentes (no sólo para las pymes), extendiendo el plazo a las deudas vencidas al 31 de marzo próximo.
3- Modificación del calendario de consolidación del plan de pagos (moratoria) según RG AFIP 4667/2020 (hasta marzo permite 120 cuotas y en abril 90 cuotas). El Decreto 316/2020 sólo se refiere al plazo de vencimiento final de la moratoria que era abril 2020.
4- Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias de los sueldos totales abonados, equivalentes a:
- a) 300% para empresas que mantienen la nómina salarial.
- b) 200% para empresas que reducen solo el 10% de la nómina.
- c) 100% para empresas que reducen solo el 20% de la nómina.
5- Permitir la deducción de las donaciones sin tope destinadas a fines sanitarios, hospitalarios, comedores y victimas del coronavirus.
6- Establecer la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias de los bienes del activo fijo, en un solo ejercicio (excepto los automóviles).
7- Aumento del mínimo no imponible de las contribuciones patronales, hasta $30.000 por cada trabajador.
8- Permitir el cómputo del 100% del ajuste por inflación en un solo ejercicio fiscal.
9- Eliminar pago de la cuota 5 del Anticipo de Ganancias Personas Físicas al igual que Anticipo de Personas Jurídicas.