Comercio exterior: Nación definió nueva metodología para el cálculo de precios FOB oficiales

01/05/2025

Se indicó que estos precios son los que se deberán tomar a los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren las exportaciones involucradas.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación creó, mediante la Resolución Nº 65/2025 oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, la nueva metodología para el cálculo de los precios FOB oficiales de los productos incluidos en la Ley 21.453.

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La nueva metodología que se implementará en el sistema de precios FOB “contribuirá a la transparencia del mercado brindando parámetros precisos para la fijación y publicación de estos precios de referencia, eliminando la discrecionalidad que otorgaba el marco normativo vigente”.

Según la mencionada ley, estos precios son los que se deberán tomar a los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren las exportaciones involucradas. La citada ley establece la fijación del valor como base imponible para los derechos de exportación y reintegros.

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Como parte de esta nueva metodología, se creó un manual de procedimientos que detalla las fuentes y las fórmulas utilizadas para la fijación de precios, “garantizando mayor claridad y previsibilidad“.

El objetivo principal de este manual es definir la metodología de fijación de los precios FOB oficiales mencionados, de tal forma que los mismos sean representativos de la realidad y dinámica de los mercados.

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La herramienta metodológica puede consultarse aquí