Comercio exterior: Nación definió nueva metodología para el cálculo de precios FOB oficiales
01/05/2025

Se indicó que estos precios son los que se deberán tomar a los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren las exportaciones involucradas.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación creó, mediante la Resolución Nº 65/2025 oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, la nueva metodología para el cálculo de los precios FOB oficiales de los productos incluidos en la Ley 21.453.

La nueva metodología que se implementará en el sistema de precios FOB “contribuirá a la transparencia del mercado brindando parámetros precisos para la fijación y publicación de estos precios de referencia, eliminando la discrecionalidad que otorgaba el marco normativo vigente”.
Según la mencionada ley, estos precios son los que se deberán tomar a los fines de la liquidación de los derechos de exportación, reembolsos, reintegros, contribuciones, tasas, servicios y demás tributos que gravaren o beneficiaren las exportaciones involucradas. La citada ley establece la fijación del valor como base imponible para los derechos de exportación y reintegros.

Como parte de esta nueva metodología, se creó un manual de procedimientos que detalla las fuentes y las fórmulas utilizadas para la fijación de precios, “garantizando mayor claridad y previsibilidad“.
El objetivo principal de este manual es definir la metodología de fijación de los precios FOB oficiales mencionados, de tal forma que los mismos sean representativos de la realidad y dinámica de los mercados.

La herramienta metodológica puede consultarse aquí