ATER moderniza sus procesos e implementa el domicilio fiscal electrónico
13/05/2018
El ente recaudador afina sus procesos e incorpora tecnología para mejorar los servicios, inicialmente, a los grandes contribuyentes.
La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) se sube al canal electrónico buscando fortalecer el control y agilizar los tiempos administrativos. Inicialmente alcanzará a grupos de grandes contribuyentes y agentes de retención y percepción.
A través de la Resol. 150/18, La ATER anunció la puesta en vigencia del sistema Domicilio Fiscal Electrónico, según informó en un comunicado.
En este sentido, el titular de organismo, Sergio Granetto, afirmó: “Estamos avanzando fuertemente y en forma progresiva en modernizar las herramientas con las que cuenta ATER, ahora con el domicilio electrónico y asociado a ello vendrán la posibilidad de hacer planes de pago on line, el control fiscal electrónico para cobranza y fiscalización, y varias novedades en el mismo sentido”.
Luego manifestó que “estos son mejores servicios al contribuyente por un lado, y mejores herramientas para profundizar la cobranza a los grandes deudores de la provincia, que es hacia dónde va primero esta medida”.
Alcances.
La nueva aplicación permitirá dinamizar las comunicaciones con los contribuyentes al realizarse íntegramente vía Internet, portando validez y eficacia jurídica. De esta forma se logra que las notificaciones y avisos electrónicos sean equiparables legalmente con el domicilio fiscal tradicional.
Además, la nueva herramienta tiene un gran potencial en mejorar la comunicación con cientos de contribuyentes con domicilio en otras provincias.
Según se informó desde el ente recaudador, el alcance será segmentado y progresivo
Según se señala en la norma, la implementación será progresiva respecto de los plazos de adhesión al sistema y alcanzará inicialmente a tres grupos de contribuyentes nominados, entre los que se encuentran: Grandes Contribuyentes (Resol. 54/17 ATER) hasta el 30 de junio de 2018; Agentes de retención y percepción del impuesto a los Ingresos Brutos (Resol. ATER 319/17) hasta el 30 de julio de 2018 y un nuevo segmento de Grandes Contribuyentes de impuestos de padrón (Resol. ATER 149/18) hasta el 31 de agosto de 2018.