Puerto Ibicuy: qué define la letra chica del contrato firmado con PTP Group

03/11/2024

PTP Warrant, subsidiaria en Argentina de PTP Group, tendrá permiso de uso por 10 años para hacer obras y dejar operativo el puerto ubicado en el sur de Entre Ríos, estratégico para el comercio sobre la Hidrovía Paraná-Paraguay. Anuncian una inversión de U$S12 millones. Por Nahuel Amore

El Gobierno de Entre Ríos, a través del Ente Autárquico Puerto Ibicuy (EAPI), formalizó el pasado lunes 28 de octubre la firma de un “permiso de uso oneroso” del predio portuario ubicado en el sur de la provincia. El acuerdo es con la empresa PTP Warrant SA, subsidiaria a nivel nacional de PTP Group, un holding de capitales privados con servicios en Uruguay, Paraguay, Brasil, Argentina y España, que venía manifestando su interés por invertir en Entre Ríos.

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PTP Group viene creciendo a pasos firmes en la región, con operaciones en puntos estratégicos de la hidrovía, entre las cuales sumó la concesión de la zona franca de Villa Constitución, Santa Fe, donde prevén inyectar 50 millones de dólares. Además, cuentan con servicios en Cádiz y se preparan para desembarcar en Rotterdam, desde una mirada global. Ahora, la firma -que cuenta con denuncias que no prosperaron en la Justicia- pondrá un pie firme en Entre Ríos para realizar operaciones de comercio exterior vinculadas sobre todo al agro, entre ellas de fertilizantes. La inversión prevista, según informó el Gobierno, es de 12 millones de dólares.

Respecto del acuerdo con la provincia, el mismo lleva las firmas de Matías Regalado, presidente del EAPI; Martín Anguiano como representante de Entre Ríos en dicho Ente; Matías Egel, administrador del EAPI; Exequiel Maneiro, intendente municipal de Ibicuy; Marcelo Fabián Posse Juárez, representante de la Cámara de Exportadores; y por la empresa Guillermo Misiano, presidente de PTP Group.

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En los antecedentes se aclara que la empresa presentó una propuesta al EAPI que “ha sido evaluada desde el punto de vista técnico, habiendo obtenido una prefactibilidad” para llevar adelante las obras propuestas que permiten “un funcionamiento dinámico, encaminado al reinicio de la actividad portuaria que es lo que se aspira”. Se indica que están “en regla con las cuestiones administrativas e impositivas” y manifestó un compromiso de cumplir los “plazos de obras fundamentales para la pronta reactivación“.

El convenio le otorga el uso del predio en la zona del Puerto de Ibicuy -propiedad del Estado
provincial- que alcanza las 35 hectáreas, con todo lo edificado, clavado y plantado, incluyendo además a lo permisionado el denominado Muelle Isla existente (que se encuentra inconcluso), y espacios acuáticos entre el tablestacado y muelle Isla. Se aclara, además, que la empresa no podrá ceder, subdividir, transferir ni gravar total o parcialmente el predio.

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También se establece que el permiso es “al solo efecto de la ocupación, operación portuaria y desarrollo de servicios logísticos conexos“. Para ello, PTP Warrant asume la responsabilidad para obtener las habilitaciones que correspondan en el orden nacional y/o provincial y/o municipal, que fueren necesarias para llevar a cabo el ejercicio.

Como autoridad de aplicación y control se define al Instituto Portuario Provincial, que deberá hacer respetar la Ley N° 9750 por las facultades regulatorias de tarifa y de aprobación de obras en los puertos públicos provinciales. También deberá ratificar el permiso y luego controlar que se realicen allí las actividades para lo cual fueron autorizados.

Plazo y actividades

El permiso de uso es por 10 años desde la fecha de ratificación por parte del Consejo Directivo del Instituto Portuario. Asimismo, podrá ser renovado de común acuerdo por otros 10 años, para lo cual la empresa deberá manifestar su voluntad en forma fehaciente con por lo menos seis meses de antelación al vencimiento del plazo original.

En ese sentido, se expresa que en una eventual renovación se podrá extender la superficie del predio portuario, permitiendo la expansión de la actividad propuesta por la empresa hasta adicionar un máximo de 10 hectáreas que se ubican en la parte posterior.

Sobre este punto, queda “prohibido para futuras renovaciones dar todo el frente de costa a la permisionaria de manera de evitar cualquier tipo de monopolio en los servicios o posición dominante que lleven a un monopolio en los hechos, cuestión que se encuentra vedada en la legislación portuaria provincial”.

En cuanto a las actividades, el predio puede ser usado para las operaciones de carga, descarga, acopio trasbordo, almacenamiento y fraccionamiento de todo tipo de cargas, ya sean solidas o líquidas, graneles, envasados o conteinerizados, siempre que no implique un peligro a la salud de los trabajadores ni un contaminante para el ambiente. También podrá dentro del predio permisionado realizar mantenimiento, reparación, service de los equipos de carga, descarga y transporte.

Video oficial del Gobierno de Entre Ríos del día de la firma del convenio.

Obras y tarifas

Durante los primeros 30 días hábiles, PTP Warrant debe presentar el proyecto ejecutivo a nivel de detalle con cálculos, curva de inversiones, proyecciones y antecedentes. Luego, en otros 30 días, el EAPI y el organismo de control deberán evaluarlo y aprobarlo. Luego sí procederán a realizar el replanteo en el lugar de la obra, con los inspectores que allí se definen.

En virtud de la operatoria propuesta, la empresa debe pagar un canon fijo y un canon variable. En cuanto al primero, deberán hacer un pago mensual de 7.000 dólares. En cuanto al segundo, acordaron establecer un canon variable de 0,50 centavos de dólar (USD 0,50) por tonelada o metro cubico de carga pesada a la salida tanto para exportación o de carga pesada a la entrada para importación. Queda excluido el concepto de removido que se acuerda en la suma de cero coma veinticinco centavos de dólar (USD 0,25) por tonelada movida.

Por otro lado, se deja expresamente aclarado que queda excluida la tarifa de uso de muelle en los sitios:
muelle de barcaza y muelle de islas otorgados
. Contrariamente, para el caso de uso de Muelle Continental el Permisionario deberá abonar el uso de muelle y tasa las cargas de acuerdo al cuerpo tarifario del IPPER y se otorgará una bonificación del 40% de tasa las cargas en función de la envergadura de las obras que se realicen en el puerto y el compromiso de carga.

Se precisa también que el cano variable tiene un mínimo anual: a) Los primeros dieciocho meses es gratis y no se abona, se encuentra bonificado; b) Desde el mes 19 al mes 31 el mínimo anual es de 150.000 dólares; c) Desde el mes 32 al mes 44 el mínimo anual es de 300.000 dólares (todo ello pagado en pesos, al tipo de cambio oficial).

El texto asimismo expone que “en virtud de dar mayor flexibilidad al desarrollo del predio portuario”, las partes pueden variar de común acuerdo las condiciones del permiso de uso.

Por otro lado se detallan diversas obligaciones de forma para la empresa y se dispone que el Muelle Continental mantendrá su condición de uso público, por lo cual queda a disposición del EAPI, que será la única entidad autorizada para conceder permisos para embarques, desembarques y/o amarres.

Finalmente, se detallan las causales de extinción del permiso, además de las responsabilidades, seguros y garantías, entre otros puntos jurídicos y administrativos aclaratorios sobre la naturaleza del acuerdo.