ENFOQUE

Los terrenos del Patito y el arte de no resolver

Por Darío Dayub / Abogado, activista y referente ambiental. Dirigente del Partido GEN.

En los últimos días hemos padecido en Paraná, respecto al lote ubicado en la esquina frente al Patito Sirirí, el “Arte Nacional de No Resolver”, que tanto nos agobia en la Argentina; y creo que la ciudadanía merece que al menos se la informe correctamente.

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De un modo poco claro los señores José María Armándola y Guillermo Pinto logran inscribirse como propietarios de todo el terreno que como un balcón se creó frente al Patito Sirirí hace unas décadas. Deciden lotearlo en tres y asumir cada uno los costos respectivos de sus lotes (uno de Armándola -el del medio- y dos de Pinto – los de las esquinas-). Parece que Pinto no pagó su parte, Armándola lo demandó y luego de un intrincado litigio aquél logra sacar a remate, por una suma “irrisoria”, uno de sus dos lotes para cobrarse; y sospechosamente Pinto lo permite con su inacción.

Hasta allí el cuadro de situación.

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Ahora bien, también parece que el municipio “alarmado y espantado” por tal situación decide, ahora sí rápidamente, aprobar pero solo para ese lote lo que tanto se le requirió para el terreno completo durante años; es decir, gestionar la expropiación mediante el mecanismo del Decto. Ley 2577/12 . Con la cual el municipio puede declarar de Interés Municipal por su Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación un inmueble; para luego con dicha ordenanza gestionar, la intendenta ante el Poder Ejecutivo provincial, la remisión del proyecto de ley correspondiente para tal fin, ya que solo la provincia puede expropiar.

Pero he aquí algunos “detalles” que se están pasando por alto:

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1.- El procedimiento del Decto. 2577 -en su Pto.2, Inc.1.-c)- establece que el municipio debe también acompañar con tal declaración “la Ordenanza o Decreto Municipal que comprometa el financiamiento pertinente para afrontar la erogación”; cuestión que se alegó como ineludible y de “cumplimiento imposible” desde la gestión anterior -que ésta continúa- para no tratar el proyecto dejando que perdiera estado parlamentario luego de la sobre valuación hecha por el propio municipio. Pero esta vez, sin embargo, la ordenanza aprobada nada dice sobre el tema, dejando la excusa perfecta para el rechazo provincial.

2.- Tanto el Remate como la Expropiación son “Ventas Forzadas”. Pero con las esenciales diferencias: mientras en el remate la compra es cierta, inmediata y quizás al más bajo precio posible, en la exportación la misma es incierta porque depende de decenas de voluntades políticas, de largo plazo por su procedimiento engorroso y complejo, que incluso se puede judicializar, y a un valor mayor ya que es casi el de mercado: ¿Por qué entonces el municipio optaría en esta situación por la expropiación en lugar de ir a pujar a la subasta viéndola como una oportunidad y no necesariamente como un problema en si misma? No se entiende si en definitiva quien autoriza una construcción o no siempre es el municipio sea cual fuera su dueño; dando igual si es Pinto u otro “Fulano”.

Puede haber especulación política de unos y desconocimiento legal de otros; ingenuidad e improvisación, o el simple vicio de la rosca política que hace que hasta cierta militancia ambiental se mezcle en todo eso. Lo cierto es que han contribuido a ese Arte Nacional de No Resolver que tanto padecemos, llevándose puesta una gran oportunidad para que al menos uno de los lotes quede rápidamente en manos de la ciudad y a un menor precio.

Y cuando parecía que no podía escalar más la desorientación aparece un joven diputado provincial anunciando alegre en sus redes que viene a salvar loS loteS del remate “dándole curso” a la ordenanza municipal que pide la expropiación. Aparenta desconocimiento, improvisación, desdén o el estar más atento al golpe de efecto que “la primicia” causaría que al problema en sí mismo y su solución, pero no lo sé.

Lo cierto es que el proyecto, del que no se leen sus fundamentos, carece de rigor jurídico porque desconoce el procedimiento a seguirse cuando la expropiación se hace por interés municipal Dcto. 2577/12, como se dijo más arriba. Tenía tiempo de tomarse unos días para estudiar mejor el tema porque ni siquiera había empezado a regir la ordenanza y así presentarlo bien hecho, al amparo de la ley provincial de Expropiación N° 6467/1976 y no para dar continuidad al trámite municipal iniciado como dice que lo hace. Quizás sí se gane el agradecimiento del gobernador, porque en el artículo segundo de su apresurado proyecto establece lo que la ordenanza omite: que el pago por el lote a expropiar lo deberá hacer, en su caso, la municipalidad.

En fin… quizás a pesar de todo esto algún día el lote se expropie y marque un precedente. Quizás aún haciendo todo mal, algo salga bien. Quizás los vientos políticos favorezcan el trámite elegido. No lo sé. Solo se que no se hizo lo más conveniente, que no lo resolvieron rápidamente ante esta oportunidad única y que han contribuido en manada a “perfeccionar” este raro Arte Nacional de No Resolver.