Acreedores del Municipio tienen tiempo hasta el 27 de febrero para reclamar
06/02/2020
Ese día vence el plazo para la verificación de deudas. El trámite debe efectuarse en Mesa de Entradas del Palacio Municipal. ¿Qué documentación debe presentarse? Dos Florines
Hasta el próximo 27 de febrero inclusive los acreedores de la Municipalidad de Paraná tienen tiempo para presentar la documentación correspondiente –que respalde el reclamo–, en el marco del Régimen de Verificación, Determinación y Consolidación de Deudas, establecido en la Ordenanza N° 9.891, promulgada por el Decreto N° 83 del 20 de diciembre de 2019.
Pueden presentarse todas aquellas personas que hubieren contratado, prestado un servicio, realizado una obra o entregado bienes a la Comuna, que hubiesen generado un crédito a su favor no saldado, total o parcialmente. El trámite debe realizarse en Mesa de Entradas del Palacio Municipal, Corrientes y Urquiza, de 7 a 13.
Desde la Coordinación de la Subsecretaría de Hacienda de la Municipalidad recordaron que en el sitio web de la Comuna se encuentran los formularios correspondientes para descargar e imprimir, y, también, el instructivo con las indicaciones para la realización del trámite.
Remarcaron, asimismo, que aquel proveedor que tenga varios reclamos –por diferentes contrataciones, por ejemplo– puede realizarlos a todos en el mismo formulario de solicitud y declaración jurada.
También se solicitó a los acreedores que llenen todo el formulario, debido a que se han dado casos en donde la presentación está incompleta. Al formulario se debe adjuntar la documentación respaldatoria.
Documentación.
La documentación que debe presentarse, según lo estipulado por el Decreto 27/2020, es la siguiente:
- Formulario de solicitud y declaración jurada cuyo modelo forma parte del Decreto 27 como Anexo II. Se puede descargar en www.parana.gob.ar.
- Copia del contrato o acto administrativo pertinente que diera origen a la deuda y/o número de expediente por el que se tramitó la operación, y/o número de decreto o resolución por el cual se autorizó la contratación.
- Copia de factura o documento equivalente que respalde la operación por la que se hubiere generado el crédito.
- Documentación que avale la entrega de los bienes o la efectiva prestación del servicio efectuado.
- Manifestación mediante declaración jurada de no haber recibido el pago total o parcial del crédito reclamado, ni haberlo cedido.
- Fotocopia del DNI del presentante y copia del documento que acredite representación, en caso de corresponder.
Excluidos.
De acuerdo con el Decreto 27/2020, atento a la índole de las contrataciones y/o su fuente de financiamiento, se excluye del procedimiento de verificación establecido a aquellas contrataciones y/o prestaciones que tengan su origen en licitaciones públicas internacionales, o cuyo financiamiento total o parcial se haya obtenido a través de convenios con entidades u organismos internacionales de crédito.
Quedan excluidos, asimismo, aquellos contratos y/o prestaciones originados en virtud de acuerdos celebrados entre la Municipalidad de Paraná, con otros municipios, provincias, Estado nacional y/o con un Estrado extranjero.
También se excluye del procedimiento de determinación de deudas previsto en el Decreto 27/2020 aquellas deudas originadas en las figuras de contratos de locación de obra, servicios, pasantías, adscripciones, designaciones políticas o con agentes de la planta permanente y la administración municipal.
Toda la información está disponible en la página web de la Municipalidad www.parana.gob.ar.