Nueva percepción de IVA: qué dispuso la AFIP

25/03/2023

A raíz de la nueva percepción de IVA a venta de productos de consumo masivo, la AFIP hizo lugar parcialmente al pedido de CAME.

A partir de la publicación en el Boletín Oficial de la RG 5334 que modifica la RG 5329 sobre el IVA a venta de productos de consumo masivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo lugar parcialmente al pedido elevado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

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A través de la actual regulación se estableció lo siguiente:

  1. Con la modificación del artículo 8 pasan a ser sujetos pasibles los responsables inscriptos que “adquieran y comercialicen -sin modificación alguna-“, mientras que la RG 5329 establecía que alcanzaba a los responsables inscriptos que “adquieran”. Este cambio lo transformaría en un régimen de percepción que elimina al productor/industrial del alcance de la norma.
  2. Eleva el mínimo de la percepción de $60, que representaba ventas superiores a $2.000, a un mínimo de $3.000 que involucrará ventas superiores a $100.000. En este punto CAME había solicitado que el mínimo sea elevado a $ 6.000.

Reclamo de CAME a la AFIP

No obstante, la entidad insistirá, a través de una nota al titular de AFIP, en solicitar la prórroga de 90 días de la entrada en vigencia por el escaso tiempo para modificar los sistemas de facturación.

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Ante cualquier duda o consulta dirigirse a asuntostributarios@came.org.ar

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