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El Ministerio Público Fiscal respaldó el decreto que regula las pulverizaciones

El procurador general Jorge García avaló la constitucionalidad de la norma del Ejecutivo que regula la aplicación de fitosanitarios en cercanías a escuelas rurales. Dos Florines

El titular del Ministerio Público Fiscal decidió contestar con su propia firma la solicitud que le hiciera a ese organismo el juez de la Cámara Civil y Comercial, Virgilio Alejandro Galanti, “dada la trascendencia institucional que revista este caso”, dice el texto que se incorpora al expediente.

El procurador Jorge García (foto) rechazó el pedido de inconstitucionalidad del Decreto 2.239/19, tal como lo plantean el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y sugirió al juez la citación en calidad de prueba de “terceros no admitidos al proceso cuyos intereses podrían verse afectados”, es decir los productores. Ahora el juez Galanti deberá decidir si abre el proceso a prueba o no y luego dictar sentencia sobre el motivo del amparo.

En sintonía con lo expresado por la Fiscalía de Estado de la provincia, el Ministerio Público Fiscal, en la figura del procurador Jorge García estableció que “el acto administrativo atacado, el decreto, no es inconstitucional, con lo que se pronunció por el rechazo de la demanda, y sugirió que sean citados convenientemente los afectados por esta medida, es decir, productores, aplicadores y todo el universo de personas afectadas”, explicó el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.

Cabe recordar que se trata del tercer amparo presentado por el Foro Ecologista de Paraná y Agmer, esta vez para declarar inconstitucional el Decreto 2.239/19, y que en esta oportunidad recayó en la Cámara Civil y Comercial a cargo del Dr. Virgilio Galanti.

El dictamen de García “es un trámite que está contenido en la Ley de Amparo”, señaló Rodríguez Signes, al tiempo que valoró la “posición del Ministerio Público Fiscal en favor de la postura de mantener la vigencia del Decreto 2.239”. Ahora el juez determinará si abre el proceso a prueba o no, para luego dar lugar a la sentencia.

“Nos satisface esa posición porque un órgano importantísimo, de rango constitucional en el ámbito del Poder Judicial, como es el Ministerio Público Fiscal, coincide con nuestra posición”, agregó el Fiscal de Estado y destacó que “además la contesta el propio Procurador”.

En ese sentido, Rodríguez Signes recordó que el reglamento objetado en la demanda, es decir, el Decreto 2.239/19 “es el producto de muchísimo tiempo de trabajo, del que participaron la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), el Conicet a través de informes, la Secretaría de Salud, y la Secretaría de Producción. No es un decreto que tenga algún vicio que lo convierta en nulo. Todo lo contrario, es un decreto muy fundado que implica que la administración está haciendo sus mejores esfuerzos para ejercer de la manera más responsable el poder de policía en materia de aplicación de plaguicidas”.

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