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La explicación técnica de Granetto para los que ya hablan de “tarifazo”

El titular de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) dialogó en exclusiva con DOS FLORINES por más de una hora

para explicar las modificaciones técnicas que determina la reforma del Código Fiscal sobre cuatro tributos que, en el mediano plazo, reducirían la presión impositiva en la provincia. Los cambios en Ingresos Brutos son los más polémicos para determinados sectores productivos e industriales, dado que en el corto plazo sufrirán aumentos en las alícuotas. Según Granetto, para entender el mecanismo, a la suma hay que mirarla desde más arriba con la resta que supone la eliminación de las aduanas internas. Este resultado, dice, será neutro para algunos y hasta positivo para otros. Nahuel Amore | DOS FLORINES

El proyecto de reforma tributaria en Entre Ríos fue presentado en sociedad esta semana con modificaciones en Ingresos Brutos, impuesto a los Sellos y la Ley 4.035, además de algunos beneficios a través del inmobiliario para jubilados y pensionados de bajos recursos. Sin embargo, la iniciativa oficial ya generó cuestionamientos por parte de los sectores productivos e industriales nucleados en el Foro de Entidades Empresarias, dado que implica incrementos de alícuotas en el corto plazo para empresas locales que ya hablan de “impuestazo”.

Sin entrar en polémicas, Sergio Granetto accedió a una entrevista exclusiva con este cronista de DOS FLORINES para poner sobre la mesa el cálculo de sumas y restas  realizado al interior de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). Según argumenta, al contrario de lo que dicen, el resultado supone una baja de la presión tributaria en el mediano plazo y la desaparición gradual de las distorsiones que vienen advirtiendo los empresarios.

A grandes rasgos, Granetto remarca que esta reforma en particular se construyó bajo dos condicionamientos claros como lo es el Consenso Fiscal firmado por las provincias con la Nación y la eliminación de las famosas “aduanas internas” que la Corte Suprema de Justicia determinó como inconstitucionales. Con este esquema, afirma que se produce “una baja importante de la presión tributaria, una que es evidente y otra que está atrás y es la más interesante de analizar”, justamente la que no todos estarían viendo.

“Es una propuesta de baja gradual de la presión tributaria nominal, responsable porque apunta a sostener el financiamiento de la mano de una ampliación gradual de las bases tributarias, que introduce un mecanismo nuevo para Entre Ríos, pero que armoniza con las provincias de Santa Fe y Córdoba que ha sido históricamente reclamado y ahora sería una realidad. Esa armonización incluye el concepto de progresividad, que implica que el más grande pague más y el más chico pague menos, lo cual es de sentido común en términos de equidad tributaria”, planteó.

Consultado por los niveles de recaudación, reconoció que el pedido concreto del gobernador Gustavo Bordet es mantener los niveles de ingresos en la provincia, por lo cual en el corto plazo la variación no sería sustantiva. “La compensación viene por la tributación externa que se toma por la escala, los mecanismos de compensación intrasectoriales y un trabajo lento y metódico que está planteado en función de un esquema de largo plazo que amplíe las bases. El desafío al organismo y a su personal es claramente trabajar en la ampliación de las bases”, destacó el titular de ATER.

 

INGRESOS BRUTOS.

La modificación de la aplicación del impuesto a los Ingresos Brutos es el punto más álgido que incluye la reforma tributaria. A la hora de explicar la base del nuevo modelo, Granetto señala que “el factor más complejo y de mayor incidencia es la derogación de las alícuotas extraterritoriales”, conocidas como aduanas internas. Al respecto, recordó que “los fallos de la Corte declararon con certeza sobre la inconstitucionalidad de este esquema que tienen muchas provincias”. “Ahora no existe posibilidad alguna de generar un tratamiento diferencial en base a la radicación o domicilio”, remarcó.

Ante quienes critican la falta de adaptación al acuerdo fiscal, Granetto aclaró que si se lo aplicaba tal como está planteado, el escenario incluso sería otro: “La recaudación subiría muchísimo, porque el Consenso te dice 2% a la industria, 1,5% al sector primario y 5% a todo el comercio. Eso generaba un impacto recaudatorio de alrededor de 3 mil millones de pesos más”. Asimismo, planteó que “la otra alternativa extrema era aplicar el Consenso y mantener todas las exenciones y alícuotas. El problema es que cuando ponés cero a un sector, le tenés que cobrar cero a la empresa que viene a fuera”.

En otras palabras, con el nuevo esquema, la manera de alcanzar a los contribuyentes que están radicados afuera es que tributen por la escala. El hecho de tener que eliminar las aduanas internas “obliga a equiparar el tratamiento a los contribuyentes locales con los no locales, es decir, no existe margen jurídico para aplicar un diferencial por el lugar de radicación del contribuyente”. No obstante, recordó que al bajar Ingresos Brutos en todas las provincias, muchos productores e industriales locales se ahorrarán por ese lado, además de otras compensaciones cruzadas. “El que entiende eso, entiende el modelo”, insistió.

 

—¿Qué le decís a los productores que pasan de pagar 1% a 1,5% de Ingresos Brutos, es decir, un 50% más?

—Primero, que es claramente mayor la reducción en términos de contribuyentes locales y productores de la provincia de Entre Ríos que la posible afectación de cientos de productores de otras provincias que operan acá. Es clarísimo y tengo la lista. Son 955 casos los que se ven afectados por ese tramo. Insisto, es dramáticamente claro que la proporción de los afectados es fuertemente de afuera de la provincia que operan adentro. Posiblemente tengan un poder de lobby muy importante. Pero en compensación a eso hay más de tres mil productores agropecuarios que dejan de pagar el impuesto al 1%. Además, el año que viene al sector primario se les reduce a 0,75% y en 2020 quedan todos exentos.

 

—¿Y a los industriales que estaban totalmente exentos?

—Respecto del sector industrial, hay un cálculo que es muy importante e interesante de hacer. Hoy el industrial local grande que vende fuera de la provincia, que son la enorme mayoría, cuando vende en Córdoba paga 4,75%, cuando vende en Buenos Aires paga entre 4 y 5%, cuando vende en Capital paga el 4%, cuando vende en Mendoza paga el 3,5%. Es decir, paga entre 3,5 y 5% en todas las provincias que vende. Por ende, al bajarse por Consenso Fiscal todas esas alícuotas al 2%, porque nadie podrá aplicar más de 2%, se produce un ahorro muy importante en todo el sector industrial, que lo tengo calculado empresa por empresa, porque va a tributar en otras provincias mucho menos. Con lo cual, cualquier porcentaje que apliques por debajo del 2%, toma parte de esa baja tributaria a favor de Entre Ríos por dos años. En el 2020 quedan exentos, siendo que el Consenso seguiría al 2021. Es decir, cuando como sector tomás el ahorro de la carga tributaria de todas estas empresas en relación a toda la gama de provincias a las que vende, eso es mucho mayor que cualquier aporte que se haga a la provincia. Excepto algunos casos puntuales que su mix de venta es fundamentalmente hacia adentro.

 

—¿Y qué sucede con los afectados que no venden afuera de la provincia?

—Por esos, la Ley 4035 baja en sentido inverso, y no es un error como algunos pensaron. Se le elimina completamente la 4.035 a partir de enero a toda la escala No Pyme de cualquier sector, porque proporcionalmente los locales de esa escala -que son los que pagan 4.035 a diferencia de los de afuera- son los que hacen proporcionalmente el esfuerzo. En muchos casos, y los tenemos calculados, lo que deja de pagar la empresa por 4.035 supera o es igual al diferencial que se le aumenta en Ingresos Brutos. Después, como el tope de Ingresos Brutos de todas las provincias baja del 2% al 1,5%, ese ahorro global crece. Todo el sector industrial global de todas las provincias ven su carga notablemente reducida por la eliminación de las alícuotas extraterritoriales.

 

—El nuevo modelo obliga a mirar el mapa desde más arriba para ver la baja de la presión.

—Incluso intracadenas. Que no existan estos porcentajes del 5, 4 o 3% hace que toda la cadena que compra esa producción no internalice impuestos, que es el famoso efecto distorsivo que tiene. Es decir, se le está quitando un fuerte componente acumulativo que muy pocos están viendo, incluso en su propia evaluación. A muchos, el insumo les vendrá con menos impuestos.

 

BENEFICIOS.

Los jubilados y pensionados que viven en la provincia están contemplados dentro de la reforma tributaria a través de un beneficio especial. Precisamente, quedarán exentos del impuesto inmobiliario, siempre y cuando cuenten con una única propiedad y hasta 17 mil pesos de ingresos por grupo familiar, sean de origen nacional o provincial. De acuerdo al trabajo de empadronamiento y reempadronamiento que realizó la ATER desde 2016, unos 3.500 jubilados de Entre Ríos recibirán este beneficio de manera automática a partir de enero próximo.

La medida representaría un costo fiscal de alrededor de 5 millones de pesos. En relación a esto, Granetto explicó: “El proceso de ordenamiento, donde hemos encontrado incluso algunas empresas que tributaban con una exención de jubilados y que ahora les mandamos a cobrar el impuesto que no pagaban, por lejos justifica esto”. Además, dijo que a través de un control de contribuyentes que pagaban el inmobiliario de sus casas como baldíos se recuperarán 8 millones de pesos en Concordia y 25 millones en Paraná, los cuales permitirán cubrir ampliamente el costo fiscal que representan los jubilados exentos.

Por otra parte, dentro del abanico de beneficios, señaló que al sector Turismo se le baja gradualmente la alícuota de Ingresos Brutos del actual 3,5 al 2,5%, donde están comprendidos hoteles, restaurantes y emprendimientos similares. Además, el otro sector que tiene un tratamiento similar es Salud, por lo cual a clínicas, sanatorios y lugares especiales de internación se les realizará una baja gradual del actual 2,5% al 2% de Ingresos Brutos. Finalmente, aclaró que a pesar de la eliminación gradual de la Ley 4.035, “los beneficiarios deben estar tranquilos”, ya que “hay un artículo que afecta con Rentas Generales el financiamiento de todo el esquema de beneficios”.

 

MUNICIPIOS.

El titular de ATER subrayó que la reforma integra a los municipios en este esquema de baja gradual de la presión, en consonancia con el texto del Consenso Fiscal. “El proyecto de ley prevé condiciones concretas para que los municipios puedan adherir y asimilar una baja de tasas, fundamentalmente al sector comercial y empresarial”, señaló.

En este sentido, al igual que la Nación cedió fondos para los gobernadores, Entre Ríos hará lo propio con los intendentes. “Se aporta un financiamiento que se estima en más de un 20% de la coparticipación provincial actual a los municipios, con el objetivo de que los municipios puedan financiar eventualmente estas bajas”, explicó Granetto.

“Se desafecta un fondo que empieza a coparticiparse con los municipios, por ende se coparticipa todo e implica mayores recursos”, remarcó. Al respecto, ejemplificó sin dar nombres: “En un municipio bastante importante, esos fondos van a representar más del 10% de lo que recauda en concepto de toda la tasa comercial, mirando su presupuesto del año que viene”.

Granetto recordó que si bien en Entre Ríos existe la autonomía municipal, indicó que los intendentes deberán hacer sus respectivos esfuerzos. “Deberá hacerse por la vía de un consenso de municipios. El gobernador ha sido vehemente en invitar a los municipios y ver este tema”, concluyó.

 

 

 

EL DATO

 

120 empresas industriales locales que estaban exentas de Ingresos Brutos comenzarán a pagar en alguna de las tres escalas que quedaron comprendidas en la reforma: Mediana 1, Mediana 2 y No Pyme. De acuerdo a los registros obrantes de la ATER, representan el 5% de los contribuyentes industriales. Sergio Granetto explica que de todos modos “reducen fuertemente su carga tributaria dado que es mayor lo que se ahorran por alícuotas extraterritoriales que lo que le representa tributar en Entre Ríos”.

 

¿Cuánto pagará de Ingresos Brutos cada sector?

– Sector primario:

Se exime hasta la categoría de Micro y Pequeña Empresa, con ingresos hasta 19 millones de pesos anuales. Esto implica una suba del mínimo no imponible que está en 8 millones de pesos anuales. Según ATER, el 93% de los contribuyentes del sector quedarán exentos, de los cuales el 78% son empresas locales.

El resto de las categorías que sí pagarán Ingresos Brutos constituyen el 7%, es decir, unos 1.100 contribuyentes, de los cuales el 77% son de fuera de la provincia. Estos productores tributarán al 1,5% en 2018 y 0,75% en 2019, mientras que todo el sector primario quedaría exento pleno en 2020.

– Sector industrial:

Se exime hasta las categorías de Micro y Pequeña Empresa, con facturación hasta 64 millones de pesos anuales. Eso implica que el 81% de los contribuyentes del sector seguirán exentos del impuesto.

El restante 19% del total de contribuyentes serían unos 2.300 contribuyentes, de los cuales el 95% son de fuera de la provincia. La escala Mediana 1 tributará 1% en 2018 y 2019; la Mediana 2 pagará 1,5% en 2019 y 1,25% en 2019; mientras que para la No Pyme será de 2% en 2018 y 1,5% en 2019. ATER destaca que todo el sector industrial quedaría exento en 2020, si bien el consenso prevé recién en 2022 la exención plena.

– Sector comercial:

Se reduce la alícuota hasta 1% para las categorías de Micro y Pequeña Empresa, cuyos ingresos no superan los 75 millones de pesos anuales. En su conjunto, representan potencialmente el 92% de los contribuyentes del sector. No obstante, será para quienes presenten una buena conducta tributaria: no tener deuda (se otorgaría un plazo especial para que las empresas puedan regularizar su situación y hacer uso de este beneficio), y no tengan antecedentes de ajustes firmes por fiscalización. De tener esta conducta, la alícuota queda automáticamente en 3,5% para todos los contribuyentes del sector comercio que revistan en esas dos categorías. Es decir, se reduce la carga tributaria a cambio de mantener una buena conducta de cumplimiento. Si no tiene esta conducta, la alícuota es del 4%.

Por su parte, a las empresas comerciales Medianas I y II se les aplica la alícuota del 4,5%, que se reduce automáticamente al 4% si tiene buena conducta tributaria. Se trata de casi 1.900 contribuyentes, de los cuales el 94% es de fuera de la provincia.

Finalmente, las No Pyme pagarán la alícuota del 5%, siendo que la ley de grandes superficies comerciales preveía la aplicación del 5,5%. Según los registros obrantes de ATER, se estima que en esta categoría se ubicarían unos 560 contribuyentes, de los cuales el 97% son de fuera de la provincia.

 

¿Qué pasa con los Sellos?

El proyecto de reforma tributaria contempla la eliminación gradual del impuesto de Sellos desde 2019 a través de una alícuota decreciente para la mayoría de los contratos y actos en general, excepto escrituras de inmuebles e inscripción de autos 0 Km.

“Es una pauta que fija el Consenso Fiscal. El esquema plantea que en 2018 no habría cambios importantes, en 2019 empieza a bajar la tasa y se va eliminando en el resto de los actos sin contrato que no sean los dos casos puntuales”, explicó Sergio Granetto.

 

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